Las sociedades residentes en el territorio español están sometidas al pago del denominado Impuesto de Sociedades. Este tributo grava la renta de las sociedades y de otras entidades jurídicas como asociaciones o fundaciones. El gravamen puede ir del 1% al 25%, en función de las características de la empresa.
Wolters Kluwer ha editado una guía sobre los distintos impuestos a los que deben hacer frente los autónomos y las pymes y el de Sociedades es uno de ellos. En este caso, el impuesto se calcula en función de los resultados contables de las sociedades.
El Impuesto de Sociedades se aplica principalmente a aquellas sociedades que residen en España o que tienen el domicilio social o la sede en España. No obstante, hay excepciones, como la Comunidad Foral de Navarra y el País Vasco, que disponen de concierto económico.
A la hora de calcular el Impuesto de Sociedades, hay que tener en cuenta el resultado contable de la sociedad durante el ejercicio que se desee calcular. A dicho resultado habrá que aplicarle una serie de ajustes como pueden ser los gastos no deducibles o las amortizaciones. Los ajustes del impuesto de sociedades pueden proceder de multas, donativos o el propio gasto del Impuesto de Sociedades, en este caso son gastos no deducibles.
Incluir las amortizaciones
Asimismo, también se puede incluir en su cálculo las amortizaciones o reservas de capitalización, entre otros supuestos. En la guía figuran algunos ejemplos de la aplicación de estos ajustes. Por ejemplo, si se ha pagado una multa, su importe se puede añadir a su resultado contable para obtener la base imponible del ejercicio. Esto permitirá calcular la cuota íntegra a abonar en concepto de Impuesto de Sociedades.
Existen distintos tipos de gravamen en el Impuesto de Sociedades. El más bajo es del 1% y se aplica a sociedades y fondos de inversión y fondos de activos bancarios. Por su parte, las entidades sin fines lucrativos tendrán un tipo impositivo del 10%. Le siguen las cooperativas fiscalmente protegidas, con un 20%, y las entidades de nueva creación, con un 15%. Por último, el mayor gravamen, el 25%, se aplica a las microempresas, a las cooperativas de crédito, las cajas rurales, las mutuas de seguros generales y las SGR, entre otras.
Fuente e imagen: Cinco Días