Desde Gestoría Casanova 24 Horas queremos hacer un breve pero claro resumen de todas las novedades que la nueva ley de autónomos trae consigo para todos aquellos trabajadores que forman parte de este colectivo. La mayoría de ellas entrarán en vigor el próximo enero de 2018.
BLOQUE I. Emprendedores
– Se amplía la tarifa plana de 50 euros a doce meses (antes eran 6 meses) para nuevos autónomos o aquellos que no lo fueron en los dos últimos años (antes eran cinco años). ENTRA EN VIGOR EN ENERO DE 2018.
– Los emprendedores que ya se hubieran acogido a la tarifa plana anterior, si reemprenden, podrán optar de nuevo a esta tarifa pasados tres años. ENTRA EN VIGOR EN ENERO DE 2018.
– Las bonificaciones de la tarifa plana alcanzarían los 24 meses: 12 primero meses tarifa plana + 6 meses bonificación del 50% + 6 meses bonificación del 30%. Algunos colectivos pueden llegar a 36 meses de bonificación. ENTRA EN VIGOR EN ENERO DE 2018.
BLOQUE II. Medidas sobre las cotizaciones
– Los autónomos sólo pagarán desde/hasta el día efectivo en el que tramiten su alta/baja en el RETA y no todo el mes como se pagaba hasta ahora. Se podrá realizar 3 veces en cada año. A partir de la cuarta vez, se pagará mes completo. ENTRA EN VIGOR EN ENERO DE 2018.
– Los autónomos que coticen con pluriactividad, recibirán el exceso de cotización sin que tengan que solicitarla.
– Un trabajador autónomo podrá cobrar el 100% de la pensión y seguir trabajando si tienen al menos un trabajador a su cargo.
– La cuota de los autónomos societarios ya no subirá automáticamente en función de lo que se eleve el SMI, sino que dependerá de lo que se determine en los Presupuestos Generales del Estado. PENDIENTE DE APLICAR (depende de los PGE).
BLOQUE III. Autónomas. Parejas de hecho
– Se ha establecido una tarifa plana de 50 euros de cuota para las madres que reemprendan antes de dos años desde que cesó su negocio por maternidad, adopción, acogimiento, etc. (es una excepción para que pueden volver a ser autónomas sin esperar al plazo general de dos años para acogerse a la tarifa plana)
– Se incluye la pareja de hecho dentro del ámbito de las bonificaciones por alta de familiares colaboradores autónomos. Para ello deben acreditar una convivencia estable y notoria y certificación de inscripción en alguno de los registros específicos existentes en Ayuntamientos o Comunidades Autónomas.
BLOQUE IV. Conciliación
– Los autónomos que sean madres/padres estarán exentos de pagar cuota durante el período de baja por maternidad/paternidad, adopción o acogimiento.
– Exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes.
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